ÚNETE A ASPANAES ¡ASÓCIATE!
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Los Estatutos de Aspanaes identifican tres tipos de personas asociadas:
- Personas Asociadas de número: Podrán pertenecer, como personas asociadas de número, a la Asociación y en todo caso con carácter voluntario, las personas con Autismo o con necesidades de apoyo similares o sus representantes legales (padre, madre, tutor/a).
- Personas Asociadas colaboradoras: son aquellas personas físicas que, a petición propia y por no tener los requisitos que establece el punto anterior, o la designación de la Junta Directiva por su especial contribución a realizar los fines de la Asociación, contribuyen bien con la prestación de determinados servicios, bien mediantes ayudas económicas o materiales, y que voluntariamente así lo acepten.
- Personas Asociadas de honor: las personas físicas o jurídicas designadas por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, en las cuales se aprecien circunstancias o méritos relevantes que redunden en el servicio o beneficio de los fines sociales y que acepten voluntariamente.
De acuerdo con el artículo 22, punto octavo de los Estatutos de Aspanaes, es función de la Junta Directiva de la Asociación aprobar las solicitudes de admisión de las nuevas personas asociadas.





